Por Karol Causil
La
libertad de prensa es algo muy importante en la sociedad de hoy en día, para
que esta tenga conocimiento verídico, y pueda ser mantenida a salvo de
cualquier coacción. La libertad de prensa recae sobre el periodista, que es el
encargado de defenderla; es por eso, que presentan el proyecto de ley 234, cuyo
objetivo es reconocer la profesión de comunicadores sociales-periodistas y
organizacionales, los cuales tienen varias funciones, entre una de ellas es
divulgar contenidos periodísticos. Para poder garantizar el profesionalismo de
todo Comunicador Social – Periodista y Organizacional, tiene
ciertas funciones, como el secreto profesional, el libre acceso a lugares, con
ciertas excepciones y restricciones y, lo más importante, el poder dar y
recibir información sin tener que atentar contra ninguna persona y los
principios religiosos, morales y éticos.
Lo anterior
nos lleva al código de ética del Círculo de Periodista de Bogotá (CPB), que se actualizó
en agosto del 2019. Este trata de la libertad de poder transmitir lo que sucede a la sociedad, siendo conciso,
que toda información que se crea cualquier persona pueda tener el acceso a ella,
ya que es un derecho fundamental y en la Constitución Política de Colombia garantiza el derecho
a la libertad de expresión, en la ley No 234 de 2018 expresa que todo
periodista debe tener ciertos requisitos, como son: ser profesional en Comunicador
Social – Periodista y Organizacional por una institución de educación superior
acreditada y reconocida por el ministerio de educación, y el segundo requisito
para poder ejercer es si es extranjero o estudio en el exterior que sea profesional
de Comunicador Sociales con acreditación del país donde estudió.
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