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viernes, 19 de junio de 2020

El código de ética y la ley del periodista

Por Jose Alejandro Manjarrez Kamell

El periodismo sigue siendo, a nivel laboral, uno de los grandes debates que el Estado ha venido evadiendo, puesto que muchos congresistas consideran que hay otros temas mucho más relevantes para el país que merecen una atención prioritaria.

En los textos de “El Código de Ética” y “El Proyecto de ley 284 de 2018” se habla del periodismo como un servicio de interés social y, además, se expone de tal manera en que este sea visto como una profesión respetable y valorada como cualquier otra. Ambos textos plantean cosas muy similares en la mayoría de su contenido, pero hay una diferencia entre ambos y es que uno habla de un código que seguir todo aquel que ejerza el periodismo siendo o no profesional y el otro habla de un proyecto que sustenta legalmente este código de ética y que como valor agregado les permitirá a quienes no son profesionales en comunicación, acceder a ciertos programas especiales de formación en instituciones de educación superior, para que estos formalicen esta habilidad que posean y conozcan de una manera teórica y técnica la profesión del comunicador social y periodista.

El proyecto de ley es un tema que puede ser viable de acuerdo a la cultura que se le dé a este mismo y en esto tienen mucha responsabilidad las empresas y medios de comunicación que contraten a trabajadores empíricos, porque, aunque es muy cierto que la experiencia es importante hay lineamientos y conocimientos importantes tener en cuenta para no salir a decir cualquier cosa en un periódico, noticiero o emisora. Ahora, esto no quiere decir que quien ejerce el periodismo de manera empírica no hace bien su trabajo, de hecho, uno de los grandes beneficios del proyecto de ley es que estos podrán formarse, sin embargo no faltarán quien en piensen que esto de estudiar comunicación social u audiovisual, es una pérdida de tiempo y quieran saltarse dicho proceso de formación, por eso también es importante tener en claro que esta es una profesión que exige unos conocimientos y lineamientos básicos, los cuales las empresas deberán exigir a través del código de ética.

Otro aspecto muy importante que se menciona en ambos textos es el del amarillismo de muchos profesionales de la comunicación. No es lo mismo que una noticia este en tendencia, a que esta sea relevante para todo el mundo, pues lo que es tendencia no siempre es noticia, y de esto salen mucho las famosas Fakes News, las cuales cada vez toman más y más poder sobre todo en redes sociales y generalmente nunca pasa nada con quien las difunde. Entonces, hay un código de ética que expone ciertos lineamientos qué hay que seguir, sin embargo, hay periodistas que no tienen claro este código y siguen desinformando.

El proyecto de ley es vital para que este código de ética se implemente de manera correcta, ya que es lo que le garantiza al profesional de Comunicación social u audiovisual, que no perdió su tiempo 8 o 9 años en la universidad formándose en bases teóricas, técnicas y prácticas y que además sus derechos como profesional serán valorados como el de cualquier otra persona en otro contexto profesional.

Por último, es importante tener presente dos aspectos que se mencionan en ambos textos, el primero es que antes que nada somos seres libres de comportarnos como queramos y que nuestra religión, sexo, raza no debe motivo de señalamiento en ninguna entidad laboral, sin embargo y aquí se menciona el segundo aspecto, no podemos llegar a imponer dicha cultura que va arraigada a nuestra personalidad. Esto se menciona en el artículo 6 del proyecto de ley, ya que a menos que sea algo profesional, la información que se comunique no debe incurrir en nuestra vida personal y caso de no querer revelar la identidad también se es libre de negarse. Este artículo se relaciona con la cláusula de conciencia que se expone en el artículo décimo del código de ética, ya que se es libre de tomar cualquier decisión personal siempre y cuando esta no influya en la vida profesional del periodista

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