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viernes, 19 de junio de 2020

La ley que nos rige está lejos de ser la que merecemos

Por Emmanuel Amaya

La ética profesional es el conjunto de normas o principios por los cuales debe regirse una persona en el ámbito laboral. Este factor trata de abarcar los parámetros y actividades que se realizan en las diferentes profesiones. En Colombia, uno de los documentos que contienen dichas directrices que regulan al periodismo, es el Código de Ética del Circulo de periodistas de Bogotá. En él, se tratan temas como el tratamiento y obtención de la información, la misión de la profesión y la responsabilidad que esta conlleva.

Sin embargo, este es poco específico al momento de delimitar la profesión, tratar temas tan importantes como la libertad de prensa, y sobre todo, se concentra en el verbo “deber” y muy poco en los derechos del profesional. Por ello, Nerthink Mauricio Aguilar Hurtado, presentó el Proyecto de Ley No 234 de 2018, el cual busca llenar los vacíos antes mencionados y tiene como base reconocer la profesión de Comunicación Social-Periodista y Organizacional y crear el Consejo Profesional del Comunicador Social – Periodista y Organizacional.

La propuesta también busca preservar los derechos inherentes en ejercicio de las funciones de la actividad periodística, como lo son el secreto profesional, el libre acceso a los lugares y fuentes de información (excepcionando las fuentes que presenten restricciones por secreto de Estado), la presentación de derecho de petición ante entidades públicas y Empresas Mixtas del Estado para fines periodísticos y la Objeción de Conciencia frente a dar o recibir información que atente contra los principios religiosos, morales, éticos, étnicos, o de cualquier tipo en la persona del periodista.

Estos puntos son esenciales dentro de la ley que nos rige, debido a que su ausencia, denota la idea de que, para muchas personas, el periodismo no es una profesión, o por lo menos así parece. Ciñéndose a la constitución, cualquiera desde su liberta de expresión puede comunicar e informar a otros, pero el hacerlo bien, de forma atractiva y con la responsabilidad que se necesita, solo puede hacerlo un periodista.

Como se lee en el texto enviado al Senado de la República, “desde sus inicios, el periodismo ha sido parte fundamental de la sociedad y de todo lo que ocurre en ella. Gracias a él es posible saber algo de lo que sucedió en el pasado, a la vez que registra el presente y esboza el futuro. Sin embargo, es en las últimas décadas donde el periodismo y los medios de comunicación han cobrado una importancia jamás pensada, convirtiéndose en un poder de magnitud similar al de la política y la economía, ello hasta el punto de que estas dos últimas, en algunas ocasiones, se han de plegar a lo que ha sido denominado "el cuarto poder".

Por esto, es necesario atribuirle el título de “periodista” a las personas que reúnan las actitudes y aptitudes para ser uno. Frente a esto, la ley que impulsa el señor Aguilar, dice que solo se reconozca como profesionales en este campo a quienes hayan “cursado el(los) programa(s) de Comunicación Social – Periodismo y Organizacional, su equivalente en los niveles de pregrado o postgrado dentro de Colombia, expedido por una Institución de Educación Superior debidamente acreditada y reconocida por el Ministerio de Educación Nacional” o bien “en una institución de educación superior debidamente reglamentada con las normas del país de donde se origina el título expedido.”

Frente a esto último, han surgido oposiciones por aquellos colegas que ejercen en el campo de forma empírica, argumentando que periodistas de la talla de Juan Gossain, hicieron periodismo sin haberse graduado en dicha facultad, sin embargo, es necesario aclararles que los tiempos han cambiado y que el presente, más complejo, reclama de una mayor tecnicidad, que difícilmente, se adquiere fuera de la academia.


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