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viernes, 19 de junio de 2020

La lucha por un periodismo digno en Colombia

Por: Dayana Villalobos Dimare

Desde su nacimiento, el periodismo ha sufrido cambios de todo tipo. En la década de los 90, un grupo de periodistas empíricos, quienes eran los mejores para ese entonces en Colombia, emprendieron una batalla jurídica con la que pretendían deslegitimar algunas cuestiones legales que le impedían a cualquier colombiano ejercer dignamente el periodismo sin tener un título profesional. El producto de su lucha fue positivo para ellos. La tarjeta profesional de periodistas, que se le otorgaba a una persona cuando se graduaba en la universidad de periodismo y comunicación social, dejó de existir luego de una sentencia de la Corte Constitucional en 1998.

Casi 20 años después, Mauricio Aguilar, exsenador de la República de Colombia, expidió el Proyecto de Ley 234 de 2018 con el que se busca dignificar la profesión del periodismo que ha sido envilecida. Asimismo, este proyecto de ley también tiene la intención de construir la ética periodística que, por diversos motivos, puede ser alterada, malinterpretada e, incluso, desconocida.

Ahora bien, este proyecto no es el único texto que vela por la ética profesional del periodista o comunicador social; el Círculo de Periodistas de Bogotá (CPB) también tiene su propio Código de Ética con fecha en agosto de 2019.

Y es que, pese a que el Proyecto de Ley mencionado anteriormente no fue aprobado por la FLIP (Fundación para la Libertad de Prensa), junto con el Código de Ética del CPB, se convierte en un documento importante que vela por la dignificación del periodismo en la nación suramericana.

No son documentos iguales, claro está, pero su similar intención hace que puedan ser tomados como puntos de referencias. Ambos defienden la reserva de la identidad de las fuentes cuando estas exijan confidencialidad; el secreto profesional; la objeción de conciencia; y el reconocimiento del periodismo como un oficio que debe ofrecer buenas condiciones laborales a los que lo ejercen.

En adición de esto, protegen la libertad e independencia profesional del periodista; el derecho y deber del periodista de informar; y la honestidad, responsabilidad, veracidad y transparencia con la que estos profesionales deben actuar siempre.

Las diferencias entre estos dos textos radicarían en el enfoque que cada uno de ellos da a la labor del periodismo. Mientras uno se centra en la defensa de los periodistas profesionales por encima de los periodistas empíricos (Proyecto de Ley), el otro reúne todos los parámetros éticos que un periodista, profesional o empírico, deben tener sin discusión alguna (Código de Ética).

Una de las cosas que no pasan desapercibidas dentro del Código de Ética del CPB es la responsabilidad que tiene el periodista de contextualizar la información y de negarse al plagio, sensacionalismo y a los regalos o incentivos por parte de fuentes, empresarios, funcionarios públicos, entre otros.

Por otra parte, la aclaración que hace la Ley 234 sobre los límites que debe tener el periodista también es otro de los puntos que diferencian a estos dos textos. Lo que dice la Ley en este caso es que el profesional de periodismo no puede entrar a lugares que invadan la privacidad de una persona o entidad. Además, también habla de los requisitos que debe tener una persona para ser periodista en Colombia, y también ofrece una alternativa para que los periodistas empíricos puedan profesionalizarse.

Sin embargo, cuando nos damos cuenta de que las similitudes entre estos dos textos son mayores a las discrepancias, concluimos que ambos pueden ser una fuente de información valiosa para entender la importancia del periodismo, por qué debe ser un oficio serio y respetable, y cómo es la ética que deben tener sus profesionales.

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