Buscar este blog

viernes, 19 de junio de 2020

El código de ética del CPB y el proyecto de LEY 234

Por Daniel Loaiza

El código de ética es un documento que fue diseñado con el fin de establecer una serie de normas, reglamentos y valores para regular cómo se comportan y actúan las personas. Este código es fundamentado, principalmente, a grupos, comunidades o equipos que comparten un mismo contexto, bien sea dentro de una empresa, organización o profesión. El código de Ética tiene el fin de crear un marco normativo que controle las acciones de las personas o conductas organizacionales y establecer valores que sean cumplidos por los miembros de estas.

El código de ética busca mostrar la manera correcta en que se pueden realizar las actividades de una profesión y qué normativas fortalecen el compromiso y fundamentos sobre el cual se basa dicha profesión u organización. Un claro ejemplo del código de ética es el CDE del Círculo de Periodistas de Bogotá (CPB), el cual nos presenta normativas y artículos que, como periodistas, se debe ejercer y respetar; así mismo, se establecen qué deberes tiene el periodista y qué acciones puede tomar respecto a diversas situaciones.

Busca establecer el comportamiento, los valores y los fundamentos éticos que todo periodista base en su compromiso con el proceso de informar y establecer comunicaciones y relaciones con la sociedad. En el apartado del preámbulo del código de ética del CPB dice: "La ética de la profesión establece la responsabilidad del periodista frente a la sociedad."

El presente código nos expone la misión del periodista ante la sociedad, a qué tiene derecho esta de recibir en información, contenido y actos legales. Por otra parte, el proyecto de Ley 234 de 2018, con base, primero, a su artículo 1, tiene como objetivo reconocer la profesión del Comunicador Social - Periodista y Organizacional, que tiene la función de investigar, redactar, producir y divulgar contenidos periodísticos.

A diferencia del código de ética, esta ley no busca establecer sus normas con base al comportamiento y las acciones del periodista como tal, sino de defender la profesión, velar por su responsabilidad y la manera en que la sociedad y otras profesiones miran a esta. Es decir, se busca reconocer a los profesionales de comunicación social, periodismo y organizacional que cumplan con diferentes requisitos y normas para garantizar la libertad e independencia profesional de la actividad del comunicador.

Además, se busca la profesionalización de aquellos que han ejercido y ejercen la profesión de manera empírica o no han sido partidarios de las bases profesionales que hacen la carrera del comunicador lo que es y lo que se aspira a futuro.

No hay comentarios:

Publicar un comentario